Convocatoria ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de I+D+i en el marco del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020
A. Preguntas en relación a las MODALIDADES DE AYUDAS
A.1. MODALIDADES.
NO. La modalidad A no se orienta específicamente a un área concreta, sino a la generación de conocimiento “frontera” de cada área de conocimiento. Esto lo evalúa la DEVA. Enviando el proyecto a evaluadores específicos de cada área de conocimiento, que decidirán si está dentro, o no, de la frontera del conocimiento.
NO. El listado de retos viene establecido en la Norma Marco establecida por la Junta de Andalucía, el cual se ha transcrito a las Bases de la Convocatoria.
En la web de la convocatoria aparece un enlace a la descripción de cada reto. Estas descripciones se encuentran en la siguiente dirección web: https://eshorizonte2020.es y haciendo clic el apartado Retos sociales. Los retos han de centrarse en la Sociedad y Medio Andaluz.
Dependerá del reto a desarrollar y de lo ambicioso que pretenda ser el proyecto.
Al tratarse de un “proyecto puente” para la participación en el programa H2020. Se estable la obligación de participar en la siguiente convocatoria del programa H2020.
En las bases se establece lo siguiente: “En la fase de justificación se deberá aportar documentación justificativa de la presentación de la correspondiente solicitud de participación, no considerándose elegible en caso de no acreditarse el cumplimiento de dicho requisito.” Esto significa que habría que devolver el importe de la ayuda. Se recomienda no participara a menos que se tenga por seguro la participación en la próxima convocatoria H2020.
Si se agota la partida para proyectos de la Modalidad C, no se podrán financiar proyectos de la modalidad C1. Así se recoge específicamente en la Norma Marco establecida por la Junta de Andalucía.
Aunque en la convocatoria se establezca que no es posible la modificación de los miembros del equipo de investigación, una vez efectuada la consulta con la Junta de Andalucía, se nos indica que es posible efectuar cambios en el equipo de investigación del proyecto inicial siempre que sea por causas justificadas y se motive adecuadamente en la memoria.
El proyecto puente, tiene que ser de la convocatoria de 2017, según establece la convocatoria:
- Submodalidades A1 y B1(proyectos «puente»). La finalidad de estas submodalidades es fomentar la mejora de las propuestas presentadas por los grupos y equipos de investigación de esta Universidad en convocatorias de ayudas a proyectos de investigación de ámbito estatal. Se podrán presentar propuestas, que cumpliendo los requisitos y condiciones de las modalidades A (proyectos frontera) y B (proyectos retos) hayan sido presentadas previamente en la última convocatoria de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+i y que habiendo obtenido una calificación favorable de “B” en su evaluación por la Agencia Estatal de Investigación no hayan sido financiados por la misma por motivos presupuestarios.
Los proyectos tendrán la duración establecida en la Resolución, es decir:
– Modalidades A y B: 2 años.
– Modalidades A1, B1, C Y C1: 1 año.
– Modalidades A y B con IP emergente sin vinculación laboral con la UCA: Máximo 3 años (Sólo éste podrá tener duración inferior a los 3 años).
Por otro lado, todos los proyectos de las modalidades A, B, A1, B1, C y C1 se podrán ampliar previa solicitud justificada al respecto y apreciada favorablemente por la propia universidad, por la mitad de la duración inicialmente prevista.(Excepto los liderados por emergentes en las modalidades A y B, cuya duración máxima sigue siendo de 3 años).
Los Investigadores del equipo original que se presentó al plan estatal que no cumplan los requisitos de esta convocatoria para formar parte del equipo de investigación, deberán figurar como colaboradores.
A.2. PROYECTOS EN COLABORACIÓN.
No, las distintas modalidades de proyectos se podrán realizar en colaboración
Se pueden firmar tantos convenios de colaboración como proyectos en los que se colabora.
A.3. COLABORACIÓN CON EMPRESAS.
Como mínimo ha de aportar el 15% del total del presupuesto aceptado. Este porcentaje se refiere al aporte total por parte del conjunto de las empresas. Es decir, si colaboran 3 empresas, cada una de ellas puede aportar un 5%.
No. Cada empresa puede aportar la cantidad que estime oportuno, siempre que el aporte total del conjunto de las empresas sea como mínimo del 15% del total del presupuesto aceptado.
No. Las personas que trabajan en las empresas pueden colaborar en el proyecto, pero no son miembros del equipo de investigación.
No. La empresa debe aportar este porcentaje en “dinero cash” a través de transferencia bancaria a la Universidad de Cádiz.
El IP del proyecto a través de la orgánica asociada al proyecto.
Sí, pueden participar en varios proyectos.
La opción por defecto es al principio de cada anualidad una vez aprobado el proyecto. No obstante, se podrán negociar otras fórmulas dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso.
El preacuerdo de colaboración con empresas se ha de aportar firmado por ambas partes junto a la solicitud.
Debe enviarlo a la dirección de correo de la convocatoria (convocatoria.proyectosfeder@uca.es) y especificar en el asunto: “A/A Solicitud de Firma Preacuerdo Colaboración Empresa”, con la antelación suficiente para proceder a su firma, y poder remitirlo (al solicitante) para su incorporación a la solicitud.
Efectivamente, se trata de la documentación acreditativa de la empresa.
Los gastos de auditoría los abona la Universidad y son financiables con cargo al proyecto.
La empresa puede fraccionar el pago atendiendo a la duración del proyecto. En la cláusula cuarta del preacuerdo de colaboración con empresas se ha de reflejar la cantidad que tiene que aportar la empresa, y las anualidades a aportar.
Para cada modalidad hay que reflejar el contenido específico indicado.
• Proyectos frontera (modalidades A y A1): Justificación del potencial impacto científico y/o tecnológico del proyecto.
• Proyectos retos (modalidades B y B1): Potencial contribución del proyecto a un reto principal, y en su caso, a otros retos de forma secundaria.
• Proyectos Horizonte 2020: Datos relativos al programa y convocatoria del H2020 al que se presenta la propuesta.
En el caso de colaboración con empresas, se debe incluir, además, el correspondiente contenido específico.
• Proyectos en colaboración con empresas: justificación de las actuaciones a realizar por la empresa participante en el proyecto, potencial beneficio de la relación del grupo con la empresa o empresas y trayectoria en I+D+i de las empresas implicadas, así como su contribución económica, de personal e infraestructuras en el proyecto solicitado.
Sí, la convocatoria no lo impide explícitamente. Se recuerda que se prima la colaboración con Pymes.
B. Preguntas en relación a los REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
B.1. COLECTIVOS
Debido a la vinculación laboral con la Universidad, puede participar de 2 formas:
- Como IP emergente (en la modalidad sin vinculación laboral) (que necesitaría de un Tutor, y este tutor debe cumplir los requisitos para serlo) y ha de incluir una partida en el presupuesto para financiar su propio contrato durante todo el periodo de ejecución del proyecto. ¿Qué pasa con esta partida si posteriormente no la utilizo, bien porque renuevan mi contrato o consigo otro tipo de contrato? La partida de personal es sólo para personal, esto quiere decir que se puede dedicar a la contratación de otros miembros del equipo de investigación, para el cual se ha de solicitar autorización al vicerrectorado y justificar su necesidad.
- Como colaborador en el proyecto, puesto que no podría formar parte del equipo de investigación dado que uno de los requisitos es la vinculación laboral con la UCA desde el fin de plazo de presentación de solicitudes hasta el fin del plazo de ejecución del proyecto.
Como IP consolidado y/o Tutor, independientemente de la duración del contrato.
Podría participar como investigador Consolidado al tener vinculación o compromiso de vinculación durante todo el periodo de ejecución del proyecto.
Como IP emergente sin vinculación laboral o con vinculación laboral inferior al periodo de ejecución del proyecto
Como IP consolidados.
Según se establece en las bases en el apartado Tercero. Requisitos de los solicitantes:
- “Los investigadores de los centros mixtos del CSIC y de las fundaciones públicas de salud podrán actuar como investigadores principales siempre que a efectos de interlocución y gestión del proyecto incluyan como co-investigador principal a un IP de la propia universidad. “
Es decir, en la solicitud debe figurar como IP1, el investigador de la UCA, y como IP2, el investigador del CSIC/fundación pública de salud.
- “Este personal investigador deberá cumplir los requisitos de vinculación (a su entidad de origen) durante todo el período solicitado de ejecución del proyecto y aportar junto con la solicitud autorización expresa de su entidad.”
Como Miembros del equipo de investigación [consultar los requisitos del equipo de investigación]
El Registro Electrónico del Sistema Andaluz del Conocimiento se puede consultar a través del siguiente enlace publicado en web del Sistema Andaluz del Conocimiento.
B.2. IP CONSOLIDADO / TUTOR.
Sí, puede participar como IP consolidado, o bien como miembro del equipo de investigación, en otro proyecto.
Se evalúa en el apartado del equipo de investigación
Sí, no obstante, será la DEVA quien evalúe el proyecto, valorando si el volumen de actividad científico-técnica y su carácter multidisciplinar así lo justifican.
No. El tutor debe ser un investigador doctor con vinculación funcionarial o laboral estable con la UCA.
Conforme a la Convocatoria, el tutor debe ser un investigador doctor con vinculación funcionarial o laboral estable con la UCA, considerándose dentro de esta categoría consolidada a los investigadores del colectivo Ramón y Cajal.
B.3. IP EMERGENTE.
NO. Sólo puede haber un IP emergente junto a un tutor
El Investigador Principal emergente deberá incorporar en la solicitud, un investigador doctor con vinculación funcionarial o laboral estable con la UCA, que será el tutor, al margen de la vinculación laboral o funcionarial del IP emergente con la UCA. Por tanto, es obligatorio incorporar la figura del TUTOR a cualquier proyecto que dirija un IP emergente en esta convocatoria.
Asimismo me gustaría recordarle que el IP emergente sin vinculación con la UCA o con vinculación contractual inferior a la duración de ejecución del proyecto, deberá incorporar en el presupuesto del mismo, la financiación necesaria para garantizar la contratación del IP emergente durante todo el desarrollo del proyecto.
B.4. EQUIPOS DE INVESTIGACIÓN.
[Requisito obligatorio para todos]
- Estar en posesión del grado de doctor o estar en posesión de titulación superior universitaria.
[Para miembros de la UCA, uno de los dos siguientes]
- Tener con esta Universidad una vinculación funcionarial o laboral que cubra al menos desde el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha final del plazo de ejecución del proyecto.
- Profesores eméritos, doctores ad honorem y académicos numerarios de esta Universidad.
[Para No miembros de la UCA]
- Los miembros del equipo de investigación pertenecientes a universidades u organismos de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento distintos de la UCA, con los mismos requisitos de titulación exigidos en el apartado a). En caso de obtener financiación con cargo a esta convocatoria deberán aportar autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan.
[Personal contratado con cargo al proyecto]
- El personal investigador predoctoral y el personal investigador doctor contratado con cargo al proyecto tendrán la consideración de miembro del equipo de investigación del proyecto.
[Colaboradores: Estas personas no forman parte del equipo de investigación]
En el plan de trabajo a incluir en la memoria a adjuntar a la solicitud podrá figurar como colaborador o colaboradora el personal investigador y técnico que participe ocasionalmente en el plan de trabajo del proyecto, incluyéndose aquí a los investigadores pertenecientes a universidades y organismos de investigación no andaluces.
No hay límite mínimo ni máximo. Si no se incorpora equipo de investigación, la DEVA no puntuará este apartado. Asimismo, si se incorpora un equipo muy amplio y no hay tareas suficientes para ellos, la DEVA puede penalizarlo.
En la convocatoria no se establece la necesidad de equipo de investigación, aparte del IP emergente y el Tutor. No obstante, dentro de los apartados que valora la DEVA, a la hora de puntuar los proyectos, es el equipo de investigación y su adecuación a proyecto. Por ello entendemos que la puntuación de este apartado puede ser penalizado por el evaluador de la DEVA.
En la Web de la convocatoria se ha subido un modelo de Autorización.
Los miembros del equipo de investigación pueden pertenecer a universidades o centros de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento distintos a la UCA. Deben poseer los requisitos de titulación (doctor o titulación superior universitaria) y aportar en la solicitud autorización expresa de su entidad de origen.
Los miembros del equipo de investigación pueden pertenecer a universidades o centros de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento distintos a la UCA. Deben poseer los requisitos de titulación (doctor o titulación superior universitaria) y aportar en la solicitud autorización expresa de su entidad de origen.
El personal a contratar con cargo al proyecto no puede figurar en la solicitud como miembro del equipo de investigación, puesto que en el momento de cumplimentar la solicitud no cumple los requisitos; y ese contrato será objeto de convocatoria pública. En la solicitud se ha de indicar que se pretende contratar uno o varios perfiles investigadores. A estos perfiles investigadores se les ha de asignar tareas en la memoria. Una vez contratados tendrán consideración de miembros del equipo de investigación.
El CSIC tiene más de 20 centros de investigación en Andalucía, acreditados como tales, por tanto, éstos SÍ pueden participar.
El formato de la solicitud no admite más de 35 miembros.
El personal a contratar con cargo al proyecto no puede figurar en la solicitud como miembro del equipo de investigación, puesto que en el momento de cumplimentar la solicitud no cumple los requisitos; y ese contrato será objeto de convocatoria pública. En la solicitud se ha de indicar que se pretende contratar uno o varios perfiles investigadores. A estos perfiles investigadores se les ha de asignar tareas la memoria.
B.5. COLABORADORES.
Sí. Los colaboradores no tienen limitación, pero su colaboración debe ser sólo puntual.
No necesitan una titulación de acceso. Necesitan la adecuada con las tareas a realizar.
Los colaboradores no forman parte del Equipo de investigación, su colaboración debe ser sólo puntual. En la solicitud aparecen en un apartado distinto. En el plan de trabajo a incluir en la Memoria pueden incluirse. No obstante, si van a imputar gasto deben aparecer en la Memoria.
Los colaboradores no necesitan aportar autorización de su entidad de origen.
No es necesario, no obstante, puede adjuntarlo si lo estima oportuno, en el apartado 3 “Adjuntar documentación adicional” de la solicitud.
El formato de la solicitud no admite más de 20 colaboradores.
¿Los investigadores extranjeros pueden formar parte del equipo de investigación?[Añadida 08/05/2018]
Los investigadores extranjeros no forman parte del equipo de investigación. Son Colaboradores.
[Colaboradores: Estas personas no forman parte del equipo de investigación]
En el plan de trabajo a incluir en la memoria a adjuntar a la solicitud podrá figurar como colaborador o colaboradora el personal investigador y técnico que participe ocasionalmente en el plan de trabajo del proyecto, incluyéndose aquí a los investigadores pertenecientes a universidades y organismos de investigación no andaluces.
Es decir, aquellos investigadores que no pertenezcan a universidades u organismos de investigación andaluces son colaboradores.
B.6. CURRICULUM
El generado por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) (El requerido por la convocatoria del Plan Estatal).
En la Web de la convocatoria hay un modelo de CVA que es el mismo que el generado por la FECYT, solo que está en formato editable, y sirve a modo ilustrativo del tipo de CVA que hay que aportar. Es decir, hay que se puede aportar el que se descarga de la FECYT, o bien, se puede generar desde SICA en formato FECYT, o bien, cumplimentar manualmente el modelo que se encuentra en la Web de la convocatoria.
No. Tampoco si se ha estado en las circunstancias ligadas a: – periodos de descanso derivados de maternidad o paternidad, – Grave enfermedad o accidente, – Atención a personas en situación de dependencia.
La evaluación la realiza la DEVA, pero no sabemos cómo se hará. En todo caso se hablará con la DEVA por si publican o establecen un protocolo de evaluación.
Se valorará lo que establece la convocatoria, es decir, los últimos 5 años.
B.7. COMPATIBILIDAD CON OTRAS CONVOCATORIAS
Es compatible con la participación en proyectos financiados en el Marco del PAIDI 2020, VII Programa marco de I+D+i Horizonte 2020, los planes estatales de investigación y Plan Propio UCA, siempre que no financien los mismos costes.
Ha de revisar la convocatoria en cuestión por si en ella se establece la incompatibilidad. La FEDER es compatible con la participación en proyectos financiados en el Marco del PAIDI 2020, VII Programa marco de I+D+i Horizonte 2020, los planes estatales de investigación y Plan Propio UCA, siempre que no financien los mismos costes.
Debido a su situación como IP de un proyecto de excelencia, su propia convocatoria es la que le establece la imposibilidad de participar en otro proyecto, dado que le exige dedicación exclusiva.
Podrá participar siempre que su vinculación a los proyectos de I+D+i FEDER no sea a tiempo completo y si la convocatoria de FEDER I+D+i permite dedicación parcial del IP al proyecto. Si se dan los dos requisitos y el IP no está dedicado al 100%, deberá demostrarse el tiempo dedicado a cada proyecto, y que no se sobrepasa el 100% del tiempo total del IP. La forma de demostrar los tiempos dedicados a cada proyecto, es a través del mecanismo que os ha pedido nuestro gabinete de indicadores y que es imprescindible seguir, ya sea una hoja de firmas, ya sea picadas o cualquier otro que sea aceptado.
ES DECIR, aquellos IPs beneficiarios de un proyecto ITI, deben marcar en la solicitud “DEDICACIÓN PARCIAL”.
C. Preguntas en relación al PRESUPUESTO
C.1. GASTOS DE PERSONAL
Se aconseja tomar como referencia el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de concesión de la ayuda (6 meses) desde la fecha de fin de presentación de solicitudes (15 de mayo 2018). Es decir, a partir del 15 de noviembre de 2018.
Los gastos que se admiten con cargo al proyecto, incluidas las dietas, serán los realizados exclusivamente por el personal contratado con cargo a la ayuda, componentes del equipo de investigación y de aquellos colaboradores incluidos inicialmente en la solicitud o que sean autorizados mediante resolución posterior debidamente motivada.
No se establece coste mínimo, habrá que atenerse a la legislación laboral vigente.
Si el contrato de Garantía ha finalizado o ha renunciado a él, sí se puede contratar con cargo al proyecto (teniendo en cuenta las limitaciones de los distintos tipos de contrato).
D. Preguntas en relación a las SOLICITUDES
D.1. SOLICITUDES
Se ha de aportar junto con la aceptación de la ayuda; y, en caso de no necesitarla, declaración responsable a tales efectos.
Todos los documentos obligatorios por modalidad (es decir, aquellos que se suben a la plataforma para incluir en el punto 2 “Aporte de documentación Requerida”). El resto se firma digitalmente a través de la plataforma.