Objeto
La convocatoria, en el ejercicio 2019, de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020, en la Acción estratégica en salud orientada a los Retos de la Sociedad del Plan estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, y en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024 (disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, https://www.pnsd.mscbs.gob.es/pnsd/estrategiaNacional/home.htm).
Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro. A estos efectos se entiende por:
Centro público de I+D: Las Instituciones sanitarias públicas; las Universidades públicas y los Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.
Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Instituciones sanitarias privadas, acreditadas como tales de acuerdo con la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; Universidades privadas acreditadas como tales, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación, con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D, que tengan personalidad jurídica propia y que carezcan de ánimo de lucro.
Cuantía
Las subvenciones concedidas se financiarán con cargo al crédito afectado a estos fines en los Presupuestos Generales del Estado en el programa 231-A “PlanNacional sobre Drogas”, concepto 781 “Proyectos de Investigación a desarrollar por entidades públicas y privadas”, disponiéndose de las siguientes cantidades máximas: 633.253 euros para la primera anualidad, 237.853 euros para la segunda anualidad y 365.874 euros para la tercera anualidad.
Plazo de solicitud
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del en el BOE.
Fecha límite de presentación de solicitudes: 14 de octubre de 2019.
Tanto la solicitud propiamente dicha como el proyecto para el que se solicite subvención, deberán presentarse necesariamente dentro de dicho plazo. De no hacerlo, se considerará excluida la solicitud.
Documentación
- Para más información pinche Aquí.
- El texto completo de la convocatoria estará también a disposición de los interesados en la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.